CANAL ÉTICO DE EQUILIBRHA PERSONAS S.L.

El objetivo de este canal es que cualquier persona (empleado de equilibra,

colaborador, cliente o proveedor), pueda denunciar y/o comunicar cualquier

posible conducta irregular, incumplimiento ético o conducta inapropiada de

cualquier persona que esté empleada, represente y/o participe de alguna forma

en las actividades que desarrolla equilibrha.

El Canal Ético de equilibrha es un canal interno de información configurado

conforme a la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las

personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la

corrupción, para la comunicación de infracciones u omisiones de la normativa

aplicable.

Este canal asegura una comunicación confidencial de las denuncias

presentadas. Le agradecemos que nos indique cualquier tipo de detalle de que

disponga (fechas, nombre, lugares, etc.) que pueda ayudarnos en un posible

proceso de investigación interno a fin de tener las máximas evidencias

posibles.

Las denuncias se podrán realizar de manera anónima a través de la dirección

de correo electrónico canaletico@equilibrha.es.

No obstante, para poder realizar un seguimiento adecuado, se podrá solicitar

información adicional para contactar con el denunciante, siendo decisión del

denunciante proporcionarla o realizar la denuncia de forma totalmente

anónima.

El anonimato, en su caso, sólo se levantará con el consentimiento expreso del

informante o cuando constituya una obligación necesaria y proporcionada

impuesta por el Derecho de la Unión o nacional en el contexto de una

investigación llevada a cabo por las autoridades nacionales o en el marco de

un proceso judicial, en particular para salvaguardar el derecho de defensa de la

persona afectada.

La utilización del Canal Ético requiere la actuación de buena fe por parte de las

personas usuarias, y que la información facilitada sea veraz.

Sin perjuicio de la gestión de todas las comunicaciones que se reciban en el

Canal, debe tenerse en cuenta, que la protección frente a represalias se

establece solamente con relación a comunicaciones relativas a infracciones de

la normativa interna de conducta, y de aquellas conductas que puedan ser

constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave.

La ley garantiza la ausencia de represalias hacia las personas que hagan un

buen uso de los sistemas internos de comunicación, respetando en cada

momento los derechos de las personas que informan de infracciones, pero

también establece sanciones para aquellos supuestos en que el usuario haya

actuado de mala fe.

Este canal no es idóneo para cuestiones relativas a condiciones de empleo,

cuestiones meramente disciplinarias, etc. que tienen sus propios cauces de

comunicación.

INFORMACIÓN PARA INCLUIR EN LA DENUNCIA

  • Nombre y Apellidos (Opcional)
  • Correo electrónico y/o teléfono de contacto (Opcional)
  • Hecho a Denunciar o Comunicar (Obligatorio)

En este apartado se pueden aportar documentos, fotos, o evidencias de

cualquier tipo que sirva de ayuda en el proceso de investigación por parte del

Órgano de Cumplimiento Normativo y Penal constituido en equilibra Personas

S.L.

El responsable del tratamiento de los datos es equilibra Personas S.L., que

tratará la información que se recoja a través del canal en cumplimiento de una

obligación legal prevista en el la Ley 2/2023, de 21 de febrero, reguladora de la

protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de

lucha contra la corrupción, con la finalidad de gestionar las denuncias que se

reciban a través del canal, garantizando la confidencialidad de los datos del

denunciante manteniéndolos anónimos sin comunicarlos a terceros salvo que

su identificación constituya una obligación necesaria y proporcionada impuesta

por el derecho de la UE o nacional en el contexto de una investigación llevada

a cabo por las autoridades nacionales o en el marco de un proceso judicial, en

cuyo caso deberá comunicarse a las autoridades competentes en el asunto.

Sus datos serán conservados durante un período máximo de tres meses desde

la introducción de los datos en el canal, pero podrán permanecer bloqueados

cuando sea necesario para evidenciar el funcionamiento del modelo de

prevención de delito o pueda ser requerido por la autoridad competente para el

inicio de la correspondiente investigación de los hechos. Transcurrido este

plazo, estos podrán seguir siendo tratados por equilibrha, cuando se considere

necesario, para la investigación de los hechos denunciados, no conservándose

en el propio sistema de información de denuncias, por un periodo no superior a otros tres meses.