CANAL ÉTICO DE EQUILIBRHA PERSONAS S.L.
El objetivo de este canal es que cualquier persona (empleado de equilibra,
colaborador, cliente o proveedor), pueda denunciar y/o comunicar cualquier
posible conducta irregular, incumplimiento ético o conducta inapropiada de
cualquier persona que esté empleada, represente y/o participe de alguna forma
en las actividades que desarrolla equilibrha.
El Canal Ético de equilibrha es un canal interno de información configurado
conforme a la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las
personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la
corrupción, para la comunicación de infracciones u omisiones de la normativa
aplicable.
Este canal asegura una comunicación confidencial de las denuncias
presentadas. Le agradecemos que nos indique cualquier tipo de detalle de que
disponga (fechas, nombre, lugares, etc.) que pueda ayudarnos en un posible
proceso de investigación interno a fin de tener las máximas evidencias
posibles.
Las denuncias se podrán realizar de manera anónima a través de la dirección
de correo electrónico canaletico@equilibrha.es.
No obstante, para poder realizar un seguimiento adecuado, se podrá solicitar
información adicional para contactar con el denunciante, siendo decisión del
denunciante proporcionarla o realizar la denuncia de forma totalmente
anónima.
El anonimato, en su caso, sólo se levantará con el consentimiento expreso del
informante o cuando constituya una obligación necesaria y proporcionada
impuesta por el Derecho de la Unión o nacional en el contexto de una
investigación llevada a cabo por las autoridades nacionales o en el marco de
un proceso judicial, en particular para salvaguardar el derecho de defensa de la
persona afectada.
La utilización del Canal Ético requiere la actuación de buena fe por parte de las
personas usuarias, y que la información facilitada sea veraz.
Sin perjuicio de la gestión de todas las comunicaciones que se reciban en el
Canal, debe tenerse en cuenta, que la protección frente a represalias se
establece solamente con relación a comunicaciones relativas a infracciones de
la normativa interna de conducta, y de aquellas conductas que puedan ser
constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave.
La ley garantiza la ausencia de represalias hacia las personas que hagan un
buen uso de los sistemas internos de comunicación, respetando en cada
momento los derechos de las personas que informan de infracciones, pero
también establece sanciones para aquellos supuestos en que el usuario haya
actuado de mala fe.
Este canal no es idóneo para cuestiones relativas a condiciones de empleo,
cuestiones meramente disciplinarias, etc. que tienen sus propios cauces de
comunicación.
INFORMACIÓN PARA INCLUIR EN LA DENUNCIA
- Nombre y Apellidos (Opcional)
- Correo electrónico y/o teléfono de contacto (Opcional)
- Hecho a Denunciar o Comunicar (Obligatorio)
En este apartado se pueden aportar documentos, fotos, o evidencias de
cualquier tipo que sirva de ayuda en el proceso de investigación por parte del
Órgano de Cumplimiento Normativo y Penal constituido en equilibra Personas
S.L.
El responsable del tratamiento de los datos es equilibra Personas S.L., que
tratará la información que se recoja a través del canal en cumplimiento de una
obligación legal prevista en el la Ley 2/2023, de 21 de febrero, reguladora de la
protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de
lucha contra la corrupción, con la finalidad de gestionar las denuncias que se
reciban a través del canal, garantizando la confidencialidad de los datos del
denunciante manteniéndolos anónimos sin comunicarlos a terceros salvo que
su identificación constituya una obligación necesaria y proporcionada impuesta
por el derecho de la UE o nacional en el contexto de una investigación llevada
a cabo por las autoridades nacionales o en el marco de un proceso judicial, en
cuyo caso deberá comunicarse a las autoridades competentes en el asunto.
Sus datos serán conservados durante un período máximo de tres meses desde
la introducción de los datos en el canal, pero podrán permanecer bloqueados
cuando sea necesario para evidenciar el funcionamiento del modelo de
prevención de delito o pueda ser requerido por la autoridad competente para el
inicio de la correspondiente investigación de los hechos. Transcurrido este
plazo, estos podrán seguir siendo tratados por equilibrha, cuando se considere
necesario, para la investigación de los hechos denunciados, no conservándose
en el propio sistema de información de denuncias, por un periodo no superior a otros tres meses.
